Buenas Prácticas de Manufactura para fabricar productos cosméticos en la Comunidad Andina (CAN)
La Reglamentación Técnica Andina establece directrices claras para garantizar la calidad y seguridad de los productos cosméticos fabricados, envasados o procesados en los países miembros de la Comunidad Andina. Esta normativa se aplica a todas las empresas y establecimientos involucrados en la producción, envasado o procesamiento de cosméticos, incluidos los productos importados, que deben cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) establecidas o con normas internacionales equivalentes.
Requisitos para la Autorización Sanitaria
Las Autoridades Nacionales Competentes (ANC) de cada país miembro exigen el cumplimiento estricto de la Reglamentación Técnica Andina como requisito previo para otorgar la autorización sanitaria para la operación o el certificado de capacidad. Este cumplimiento es un requisito para obtener la Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO) para productos cosméticos, que permite la comercialización legal de estos productos en la región.
Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM)
Aunque la certificación de BPM es voluntaria, tiene una validez de tres años en Bolivia, Ecuador y Perú, y de cinco años en Colombia. Es importante señalar que, aunque esta certificación no es obligatoria, los productos cosméticos importados destinados a la venta en la Subregión Andina deben cumplir con BPM según la normativa o estándares internacionales equivalentes. Las empresas deben estar atentas a renovar esta certificación, que debe solicitarse al menos tres meses antes de su vencimiento para evitar interrupciones.
Consecuencias del Incumplimiento
La regulación, que entró en vigor el 17 de diciembre de 2023, estipula que en caso de incumplimiento de las BPM o si las inspecciones por parte de la ANC son obstruidas, estas autoridades pueden imponer sanciones que van desde multas hasta la suspensión de la autorización sanitaria del establecimiento. Esto resalta la importancia de adherirse estrictamente a las normas establecidas.
Documentación y Control de Calidad
Las empresas que operan bajo esta regulación están obligadas a documentar y registrar todos los procedimientos relacionados con las BPM. Cualquier cambio en los procesos de producción que pueda afectar la calidad del producto debe ser aprobado por personal autorizado y debidamente registrado. Este control riguroso de la documentación es crucial para mantener la trazabilidad y garantizar la calidad de los productos cosméticos en el mercado.
Plan de Retiro de Productos
En caso de que se detecten problemas de calidad en los productos comercializados, las empresas deben contar con un plan efectivo para retirar dichos productos del mercado de manera rápida y eficiente. Además, es obligatorio notificar a las autoridades pertinentes sobre cualquier retiro de productos, garantizando así la seguridad del consumidor y el cumplimiento de las normativas vigentes.
En resumen, el cumplimiento de la Reglamentación Técnica Andina es esencial para las empresas que fabrican, envasan, procesan o importan productos cosméticos en los países miembros de la Comunidad Andina. Este marco regulatorio no solo garantiza la calidad y seguridad de los productos, sino que también protege la salud del consumidor, promoviendo un comercio responsable y sostenible en la región.